Marco legal

Directiva Europea de Residuos


En 2008 entraba en vigor la nueva Directiva de Residuos estableciendo la filosofía comunitaria en relación con la prevención y la gestión de los residuos. La Directiva establece una jerarquía de residuos priorizando la prevención y la reutilización de los residuos.

Determina que para 2020 la preparación para la reutilización y el reciclaje (incluido el compostaje) deberá suponer al menos el 50% en peso en el caso de los residuos urbanos mientras que para los procedentes de la construcción y demolición, la cifra se eleva al 70%.

Oportunidad para el Puerta a Puerta


La Directiva exige a los Estados miembros que tomen medidas para fomentar un reciclado de alta calidad y, a este fin, establecerán una recogida separada de residuos para cumplir los criterios de calidad necesarios para los sectores de reciclado correspondientes

Según la jerarquía establecida por la UE, en primer lugar, deberán utilizarse bien los recursos a través de la prevención o el hecho de reutilizarlos nuevamente cuando hayan perdido su valor. En segundo lugar, los residuos deberán reciclarse cuando irremediablemente se convierten en residuos para transformarlos en un nuevo producto (aprovechamiento que incluye el compostaje). Por último deberán valorizarse aquellos residuos que no se hayan podido reutilizar o reciclar para transformarlos, por ejemplo, en energía y evitar su «eliminación» –concepto jurídico, que no termodinámico, que significa su vertido final en depósito controlado–. El objetivo de este último paso es reducir las cantidades de residuos destinados al vertedero hasta el «vertido 0» de flujos primarios de residuos y por ello se prevé que todos los residuos deben valorizarse antes de ser «eliminados» o vertidos.


El sistema de recogida selectiva puerta a puerta es un sistema que dará respuesta a estas oportunidades:

1) Cumple con los principios jerárquicos y colabora en la prevención de residuos.

2) Permite una recogida separada o selectiva generalizada de todas las fracciones reciclables que permitirán un reciclado de alta calidad, especialmente para la fracción orgánica de los residuos municipales.

3) Es un sistema viable técnicamente, ambientalmente y, también, social y económicamente.

4) Permite superar los objetivos fijados en la Directiva de reciclaje (incluido el compostaje) de al menos el 50% en peso en el caso de los residuos urbanos, incluyendo domiciliarios y asimilable para el año 2020, ya hoy mismo a escala municipal.