Legislación española

Legislación española en materia de residuos


La legislación española aplicable a los residuos urbanos o municipales a tener en cuenta es:

- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

- Ley 11/1997, de 21 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

- Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

- Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. (BOE núm. 251, de 19 de octubre de 2013).

- El Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.


Este conjunto de normas fija objetivos de obligado cumplimiento, en concreto, la Ley de Residuos prohíbe el abandono, vertido o eliminación de forma incontrolada de los residuos, las normas sobre vertido e incineración establecen los requisitos que tienen que cumplir las instalaciones,...

La jerarquía de gestión es –casi– la misma que se ha establecido a escala europea en cinco niveles: prevención, reutilización, reciclaje, valorización energética y eliminación (vertedero, incineración sin recuperación energética o con baja recuperación energética).

Aparte de la aplicación de estos principios, se establecen objetivos cuantitativos concretos de los que cabe destacar los previstos en la Estrategia Española de reducción de residuos biodegradables destinados a vertedero, que son la transposición de la directiva de vertederos. Dentro de esta Estrategia se incluyen también objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.


El Plan Nacional Integrado de Residuos reconoce que los modelos de recogida de los residuos urbanos de origen domiciliario que se pueden encontrar en la geografía española son diversos y que la implantación de la recogida selectiva de la fracción orgánica es escasa.

Por todo ello, entre muchos otros objetivos cuantitativos, el Plan Nacional de Residuos Urbanos propone:

1) Aumentar el compostaje y la biometanización de la fracción orgánica recogida selectivamente. En concreto, propone incrementar la cantidad de fracción orgánica recogida selectivamente como mínimo a 2 millones de toneladas para destinarla a instalaciones de compostaje o biometanización de la misma.

2) Aumentar las tasas de reciclado de los diferentes materiales presentes en los residuos urbanos de origen domiciliario. En concreto propone un incremento de las toneladas recogidas de las siguientes fracciones procedentes de recogida selectiva en el 2006 del 80% para el papel y cartón de procedencia municipal, del 80% para el vidrio y del 100% para plástico y metales.

3) Todo ello, en buena parte, permitirá reducir la cantidad de residuos destinados a vertido y en especial la fracción biodegradable, en particular la fracción orgánica y el papel/cartón.


La implantación de la recogida selectiva de la fracción orgánica y/o de los residuos de jardinería va creciendo en los últimos años, siendo Cataluña la Comunidad Autónoma que ha conseguido una mayor implantación. Sin embargo la recogida en masa o mixta es la opción más extendida. Por ello, fomentar la recogida selectiva de las fracciones biodegradables es una forma eficiente de contribuir a la reducción del vertido.

La consecución de parte de estos objetivos podría alcanzarse con un incremento de la cantidad y calidad de las diferentes fracciones recogidas selectivamente. Para facilitar su cumplimiento es importante decidir un modelo de recogida óptimo.

¿ Qué propone el Plan Nacional de Residuos Urbanos para aumentar el reciclado?


1) El establecimiento de acuerdos voluntarios, convenios de colaboración, proyectos piloto para implantar la recogida selectiva de la fracción orgánica y de residuos verdes de parques y jardines en municipios, grandes generadores, hoteles, restauración y catering, entornos rurales, zonas aisladas e insulares, etc.

2) El establecimiento de acuerdos voluntarios, convenios de colaboración, proyectos para impulsar la recogida selectiva de papel/cartón, vidrio, metales y plásticos, tanto en el canal doméstico como en otros canales de recogida.

3) La adopción de una norma española sobre recogida selectiva de fracción orgánica, tratamiento biológico y producción de compost de calidad.

Oportunidad del Puerta a Puerta


A pesar de que el Plan Nacional de Residuos Urbanos no expone un modelo de recogida concreto, el Puerta a Puerta:

1) Cumple y puede superar los objetivos cuantitativos generales del PNIR, a escala local, y puede suponer, de forma agregada, un ejemplo muy importante para superar los objetivos fijados a escala nacional.

2) Es un sistema que fomenta y consigue una recogida selectiva de las fracciones orgánicas con la menor cantidad de impropios contribuyendo a la reducción del vertido. Y por lo tanto, también cumple estos requisitos del PNIR.

3) Es un sistema de recogida con suficientes experiencias como para tener datos suficientes y poder elaborar estudios sobre los sistemas de recogidos más óptimos, como sugiere el Plan cuando incide en la optimización de los modelos de recogida.

4) Es un sistema eficiente y adaptable a muchas realidades territoriales en España y debería ser incluido en una futura norma española sobre recogida selectiva de fracción orgánica.